Calculadora de sueldo neto

Lo que te quita la Seguridad Social, lo que te retienen y lo que te queda.

El del contrato, con las pagas extras incluidas.

Neto al mes —

Neto al año
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Tipo de retención
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Cada paga extra
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Afinar el cálculo contrato, edad, situación familiar, hijos menores de 3 años, ascendientes y discapacidad

Los ascendientes cuentan si conviven contigo y no ganan más de 8.000 € al año. Los hijos, si son menores de 25 años (o tienen discapacidad, a cualquier edad), conviven contigo y no ganan más de 8.000 €. Los mínimos por hijo se cuentan por mitad salvo que te correspondan en exclusiva: así lo manda el artículo 84 del Reglamento y así lo hace la propia Agencia Tributaria.

100 % privado — los cálculos se hacen en tu dispositivo. Ni tu sueldo ni tus datos familiares se envían a ningún servidor.

Ojo con lo que estás viendo: esto es la retención que te aplica la nómina, que es un anticipo a cuenta. El IRPF de verdad se ajusta en la declaración de la renta, donde entran tus deducciones, tus otros ingresos, la escala de tu comunidad y la posibilidad de declarar conjuntamente. Por eso sale a devolver o a pagar.

Cálculo orientativo con los tipos de cotización y la escala de retención vigentes en 2026, siguiendo el procedimiento general de los artículos 80 a 89 del Reglamento del IRPF. Solo cubre el régimen general de trabajadores por cuenta ajena: quedan fuera autónomos, pluriempleo, rendimientos irregulares, atrasos, retribución en especie, Navarra, el País Vasco, y Ceuta y Melilla. No es asesoramiento fiscal.

Datos revisados el y contrastados perfil a perfil contra el servicio oficial de cálculo de retenciones de la Agencia Tributaria. Se usa la base mínima de cotización general (grupos 4 a 11); en los grupos 1, 2 y 3 la base mínima es más alta.

El desglose, línea a línea

De arriba abajo, cada descuento con su importe y su peso sobre el bruto. Se puede auditar entero: si una línea no te cuadra, ahí está el artículo que la manda.

Desglose del paso de bruto a neto
Concepto Importe Del bruto
Introduce tu bruto arriba para ver el desglose.

Las cotizaciones que aparecen son solo tu parte. La empresa paga además, sobre la misma base, un 23,60 % de contingencias comunes, su parte de desempleo y formación, el 0,20 % de FOGASA, el 0,75 % del MEI y la prima de accidentes de trabajo: eso no sale de tu nómina, pero es parte de lo que le cuestas.

Qué pasa si te suben (o te bajan) el sueldo

Cinco mil euros arriba y cinco mil abajo, de mil en mil. Sirve para ver una cosa que sorprende a mucha gente: subir de tramo nunca hace que cobres menos, porque la escala se aplica por tramos y solo la parte que entra en el tramo nuevo paga más.

Sueldo neto con brutos cercanos al introducido
Bruto anual Neto al mes Neto al año Retención
Introduce tu bruto arriba para ver la comparativa.

Cómo se usa

  1. 1. El bruto y las pagas

    Escribe el bruto anual del contrato, extras incluidas, y di si cobras en 12 o en 14 pagas. El anual sale igual en los dos casos; lo que cambia es cuánto llega cada mes.

  2. 2. Tu situación

    Los hijos, la edad, los ascendientes a tu cargo y la discapacidad bajan la retención, a veces mucho. Los campos menos habituales están en «Afinar el cálculo».

  3. 3. Mira el desglose

    La tabla enseña las cinco cotizaciones, la base de retención, el mínimo personal y familiar y la cuota, una debajo de otra. Es el mismo camino que sigue tu nómina.

De bruto a neto: qué se lleva cada uno

Entre el sueldo que firmas y el que llega al banco hay dos descuentos y nada más: la cotización a la Seguridad Social y la retención de IRPF. El primero es casi siempre el mismo porcentaje para todo el mundo; el segundo depende de cuánto ganas y de a quién mantienes, y es el que explica que dos personas con el mismo bruto cobren netos muy distintos.

Lo primero: la retención no es el IRPF

Esta es la confusión más extendida y la que más disgustos da. Lo que aparece en tu nómina bajo «IRPF» es una retención a cuenta: un anticipo que tu empresa ingresa en Hacienda en tu nombre, calculado con la única información que ella tiene (tu sueldo previsible y lo que le hayas declarado en el modelo 145). El impuesto de verdad se liquida en la declaración de la renta del año siguiente, y ahí entran cosas que la empresa no sabe: los planes de pensiones, los donativos, la hipoteca antigua, el alquiler, las deducciones de tu comunidad autónoma, los ingresos de otro pagador, las ganancias patrimoniales y la opción de declarar conjuntamente con tu pareja. Por eso la declaración sale a devolver o a pagar: lo retenido durante el año casi nunca coincide al céntimo con lo que tocaba. Esta calculadora te da la retención, que es lo que verás en la nómina, y lo dice claro en lugar de venderte una cifra de IRPF que no existe todavía.

La Seguridad Social: un porcentaje fijo, con un techo

Tu parte de la cotización son cuatro conceptos que suman el 6,50 % en un contrato indefinido: contingencias comunes, desempleo, formación profesional y el MEI, ese último añadido que financia la hucha de las pensiones. En un contrato temporal el desempleo sube cinco centésimas y el total queda en el 6,55 %. La empresa paga aparte alrededor de un 30 % más, pero eso no sale de tu bolsillo.

La diferencia importante está en la base sobre la que se aplica ese porcentaje. No es tu sueldo: es tu sueldo mensual con la prorrata de las pagas extras, recortado por arriba y por abajo. Por abajo hay una base mínima, así que quien cobra muy poco cotiza como si cobrase algo más. Y por arriba hay un tope máximo: a partir de ese sueldo mensual, la cotización ordinaria se queda clavada por mucho que suba el bruto. Es la razón de que, en sueldos altos, cada euro bruto adicional deje bastante más neto de lo que uno espera, y también la razón de que muchas calculadoras de internet den cifras absurdas ahí: siguen aplicando el 6,50 % al sueldo entero. Desde 2025 existe una cotización adicional de solidaridad sobre el exceso, pero va a tipos de entre el 0,19 % y el 0,24 %, no al 6,50 %.

La retención: la escala se aplica dos veces

El procedimiento está en los artículos 80 a 89 del Reglamento del IRPF y tiene cuatro pasos. Primero se calcula la base de retención: al bruto anual se le restan las cotizaciones, una cuantía fija de 2.000 € en concepto de otros gastos y, si el sueldo es bajo, la reducción por rendimientos del trabajo del artículo 20, que puede llegar a 7.302 €. Segundo, se calcula el mínimo personal y familiar: 5.550 € por el hecho de existir, más lo que corresponda por edad, por cada hijo, por los hijos menores de tres años, por los ascendientes a tu cargo y por discapacidad.

Y entonces viene lo que casi nadie explica bien: la escala progresiva se aplica dos veces. Una a la base de retención y otra al mínimo personal y familiar. La cuota es la diferencia entre las dos, y nunca puede ser negativa. Ese doble cálculo es lo que hace que el mínimo familiar no se descuente «al tipo marginal» sino a los tipos bajos de la escala, y es también lo que hace que las calculadoras que restan el mínimo de la base antes de aplicar la escala den siempre una retención demasiado baja. Por último, el tipo es la cuota dividida entre el bruto, truncada a dos decimales, y ese tipo se aplica a todas las pagas del año por igual.

Con un sueldo bajo, la retención es cero

No un uno por ciento: cero. El artículo 81 del Reglamento fija unas cuantías por debajo de las cuales no se retiene nada, y dependen de la situación familiar y del número de hijos. Para una persona sin hijos ni cónyuge a cargo rondan los 15.900 € de bruto anual, y suben hasta más de 19.000 € para quien tiene dos hijos y un cónyuge sin ingresos. Justo por encima de esas cifras entra además un segundo freno, el tope del 43 % del artículo 85.3, que impide que la retención se dispare de golpe al cruzar el umbral. Las dos reglas juntas explican por qué en la franja de los 16.000 a los 20.000 € el tipo sube tan despacio.

Doce o catorce pagas: el mismo dinero, repartido distinto

Cobrar en 14 pagas no cambia ni un euro el neto anual. Ni la cotización ni la retención dependen del número de pagas: la base de cotización ya lleva dentro la prorrata de las extras, y el tipo de retención se calcula sobre el bruto anual. Lo único que cambia es el reparto. Con 14 pagas cobras menos cada mes y dos veces al año recibes un ingreso extra; con 12, todo va repartido. Hay un detalle que se agradece saber: la paga extra deja algo más limpio que una nómina normal, porque la Seguridad Social se descuenta únicamente en las doce ordinarias. En la extra solo te quitan la retención.

Tu comunidad autónoma no cambia la retención

Al menos, no la de la nómina. La escala de retención del artículo 85 es única para todo el territorio común y ya lleva incorporada una parte autonómica estándar. Donde tu comunidad sí manda es en la declaración, que aplica su propia escala y sus propias deducciones, y ahí las diferencias entre Madrid y Cataluña, por poner el ejemplo de siempre, son de cientos de euros. Las excepciones de verdad son Navarra y el País Vasco, con un IRPF foral completo y distinto, y Ceuta y Melilla, con una deducción específica que rebaja mucho el tipo. Ninguno de los tres está cubierto aquí, y la calculadora avisa en lugar de dar un número inventado.

Qué no entra en este cálculo

Esta herramienta es para trabajadores por cuenta ajena del régimen general, y nada más. Quedan fuera los autónomos, que cotizan por rendimientos netos en su propio régimen y no tienen retención de nómina; el pluriempleo, donde la base se reparte entre las empresas y la retención de cada una se queda corta; los rendimientos irregulares y los atrasos, que llevan reducciones propias; la retribución en especie (seguro médico, coche de empresa, tickets restaurante), que suma al bruto a efectos de retención; las anualidades por alimentos y la pensión compensatoria fijadas judicialmente; la rebaja de dos puntos por préstamos de vivienda habitual anteriores a 2013; los tipos mínimos del 2 % y el 15 % de ciertos contratos de menos de un año y relaciones laborales especiales; y las regularizaciones de mitad de año. Media herramienta bien acotada vale más que una entera que miente.

Preguntas frecuentes

¿Esto es el IRPF que voy a pagar?

No. La nómina aplica una retención a cuenta, que es un anticipo calculado con los datos que conoce tu empresa. El IRPF de verdad se liquida en la declaración de la renta, donde entran las deducciones, los planes de pensiones, la vivienda, los donativos, los demás rendimientos, la escala de tu comunidad autónoma y la posibilidad de declarar conjuntamente. Por eso hay quien cobra a devolver y quien acaba pagando: lo retenido durante el año casi nunca coincide al céntimo con lo que tocaba.

¿Por qué mi nómina no coincide exactamente con esta cifra?

Las razones habituales son cuatro: que tu empresa haya redondeado el tipo de retención hacia arriba, que hayas pedido voluntariamente que te retengan más, que tengas retribución en especie (seguro médico, coche, tickets) o que a mitad de año se haya regularizado tu tipo por un cambio de sueldo o de situación familiar. También cambia si estás en los grupos de cotización 1 a 3 y cobras poco, porque su base mínima es más alta que la general que se usa aquí.

¿Cambia el sueldo neto si cobro en 12 o en 14 pagas?

Al año, no: sale exactamente el mismo neto. Ni la Seguridad Social ni la retención dependen del número de pagas, porque la base de cotización ya lleva dentro la prorrata de las extras. Lo único que cambia es el reparto: con 14 pagas cobras menos cada mes y dos veces al año recibes una paga extra. Esa extra, además, deja algo más limpio que una nómina normal, porque la Seguridad Social se descuenta solo en las doce ordinarias.

¿Por qué a partir de cierto sueldo la Seguridad Social deja de subir?

Porque existe un tope máximo de base de cotización. Por encima de ese tope mensual, la cotización ordinaria se queda congelada por mucho que suba el sueldo, así que cada euro bruto de más deja bastante más neto de lo que la gente espera. Desde 2025 sí hay una cotización adicional de solidaridad sobre el exceso, pero va a tipos del 0,19 %, 0,21 % y 0,24 % en lugar del 6,50 % ordinario.

¿Por qué con un sueldo bajo la retención sale 0 % y no un porcentaje pequeño?

Porque el artículo 81 del Reglamento del IRPF fija unas cuantías por debajo de las cuales no se practica retención en absoluto. Dependen de la situación familiar y del número de hijos, y para una persona sin hijos y sin cónyuge a cargo rondan los 15.900 € de bruto anual. Por debajo de ahí la retención es cero, no un 1 %. Justo por encima entra además un tope adicional que la mantiene muy baja durante un buen tramo.

¿Sirve para Navarra o el País Vasco?

No, y por eso avisa en lugar de dar un número. Navarra y las tres diputaciones forales del País Vasco tienen su propio IRPF, con escalas, mínimos y deducciones distintos de los estatales. Aplicarles la escala común daría una cifra equivocada. La cotización a la Seguridad Social sí es la misma en toda España.

¿Influye mi comunidad autónoma en la retención de la nómina?

En territorio común, no. La escala de retención del artículo 85 del Reglamento es única para toda España y ya incorpora una parte autonómica estándar. Donde sí influye tu comunidad es en la declaración de la renta, que aplica la escala autonómica y las deducciones propias de cada una. Las excepciones son Navarra y el País Vasco, con IRPF foral, y Ceuta y Melilla, con una deducción específica.

¿Vale para autónomos?

No. Esta calculadora es para trabajadores por cuenta ajena del régimen general. Un autónomo cotiza por rendimientos netos en su propio régimen, elige base dentro de unos tramos y no tiene retención de nómina, sino pagos fraccionados o retenciones en factura. Son dos cálculos distintos.

¿Guardáis mis datos?

No. Todos los cálculos se hacen dentro de tu navegador con JavaScript. Ni tu sueldo, ni tu edad, ni el número de hijos salen de tu dispositivo: no hay servidor que los reciba ni base de datos donde guardarlos. Puedes comprobarlo activando el modo avión y viendo que la calculadora sigue funcionando.